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Certificado de Afiliacion Pijaos Salud 2021

Certificado de Afiliacion Pijaos Salud

Certificado de Afiliacion Pijaos Salud 2020



¿Cómo afiliarse régimen subsidiado?

El Sistema General de Seguridad Social (SGSSS) ha establecido como derecho que los usuarios puedan afiliarse a una Entidad Promotora que preste servicios de salud, para ello se puede elegir libremente la entidad promotora de salud que administrara los recursos de salud.
Para dar cumplimiento a este derecho, debe conocer y cumplir una serie de procedimientos, que trabajan en 3 momentos.



Antes de afiliarnos

Se realiza la identificación de la persona como beneficiaria del régimen subsidiado a través de la encuesta de Sisbén o listados censales (Comunidades Indígenas) No debe estar afiliado en el Régimen Contributivo o en otros regímenes especiales y de excepción.


Durante la afiliación

Una vez verificada la información de las personas se procede a realizar la afiliación a PIJAOS SALUD EPSI por medio del Formulario Único de Afiliación y registro (FUAR) o por medio de los Listados Censales.

Después de la afiliación

Con el carné de afiliación, adquirimos derechos y deberes en salud frente al Sistema General de Seguridad Social, las EPS y las IPS.


PIJAOS SALUD EPS INDIGENA es una entidad creada por la Comunidades Indígenas del Tolima con el fin de velar por la prestación de servicios de estos usuarios respetando su cosmovisión, cosmogonía, usos y costumbres ancestrales por lo cual nuestro principal objetivo es la afiliación de la población indígena.



Afiliación comunidades indígenas

La ley 691 de 2011 en su Artículo 17 reza Escogencia de la Administradora. Cada comunidad indígena, por el procedimiento que ella determine, y en acta suscrita por las autoridades propias, seleccionará la institución administradora de los recursos del sistema subsidiado, a la cual deberá afiliarse o trasladarse la totalidad de los miembros de la respectiva comunidad


En concordancia con la ley se expidió el Acuerdo 326 de 2005 el cual establece Artículo 5°. Afiliación de las comunidades indígenas. Las comunidades indígenas podrán afiliarse al Régimen Subsidiado de manera colectiva y preferencialmente a una ARSI, según lo previsto en el artículo 17 de la Ley 691 de 2001. En caso de afiliaciones colectivas, se entenderá surtido el trámite de libre elección con la presentación del Acta de la Asamblea Comunitaria donde se exprese esa voluntad, la cual tendrá el carácter de acto público de que trata el artículo 11 del Acuerdo 244 de 2003, debiendo, en consecuencia, ser aceptada por el Alcalde respectivo, siempre que la ARS seleccionada esté autorizada para afiliar en el respectivo municipio.



Por lo anterior:


  • Realizar la Asamblea Comunitaria y levantar el acta donde se manifieste la intención de afiliación colectiva a una EPSI.
  • Firmar el Acta por la Autoridades Tradicionales legalmente reconocidas y posesionadas.
  • Anexar copia del Listado Censal de la comunidad o Resguardo.
  • Presentar el Acta de la Asamblea Comunitaria debidamente firmada y legalizada con el listado censal ante la Alcaldía Municipal y la EPSI de su elección.